Desplazamiento Forzado Interno en Chiapas - SweFOR - Movimiento Sueco por la Reconciliación

Desplazamiento Forzado Interno en Chiapas

Fecha: julio 28, 2021 | Categoría: Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas – Frayba, México

El Desplazamiento Forzado Interno (DFI) es una violación múltiple y continua a los derechos humanos, especialmente relacionado con un recrudecimiento de la violencia sociopolítica y con situaciones de grave conflictividad armada en Chiapas, que trae aparejado unos retos para las personas defensoras de derechos humanos.

El desplazamiento forzado interno, como violación continua y múltiple a los derechos humanos, consiste en el desplazamiento de personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado o para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida.

En México se ha tipificado a las causas del DFI en cinco rubros: políticas (represión a grupos opositores), religiosas, agrarias, delictivas y extractivistas, entendidas estas últimas como megaproyectos de infraestructura, de minería, grandes presas, etc. La principal causa sería la delictiva, constituida por la delincuencia organizada y guerra entre cárteles. Los Estados con mayor número de casos son Guerrero, Sinaloa, Michoacán, Tamaulipas, Chiapas y Chihuahua.

La organización ALUNA, en su publicación Clave hacia el acompañamiento psico-social enfatiza en que la finalidad del DFI es la ocupación del territorio con un objetivo de lucro, sea con explotación de la tierra y de los recursos naturales, o bien, con el uso de vías para el trasiego de mercancías ilegales o droga.

Así, el Centro de Observación de Desplazamiento Interno de la ONU subraya que las víctimas del DFI son personas que se han visto sustraídos violentamente de su trama social, de sus vínculos culturales, familiares, de su entorno y de su propiedad material, y en este sentido su memoria histórica, emocional y su condición material, se ven marcadas por una ruptura estructural.

En efecto, como pudimos evidenciarlo durante la Misión de Observación, llevada a cabo el 10 de julio del corriente año, las mujeres y sus niños, niñas y adolescentes representan el mayor porcentaje dentro de las víctimas de desplazamiento forzado que ha causado la violencia en Pantelhó. aproximadamente el 80%.

Desde 1994 hasta junio de 2020, Chiapas sumaba 37 desplazamiento forzados, es decir, más de 115 mil personas desplazadas. Los municipios con más casos de DFI han sido San Cristóbal de Las Casas (5), Huixtán (4), Las Margaritas (4) y Chenalhó (4). Cabe resaltar que éste último ha tenido más causas diferentes de DFI pues se han registrado desplazamientos por el conflicto armado (1), por violencia generalizada (1) y por violaciones a los derechos humanos (2).

A esta cifra se le suman los 3205 indígenas tsotsiles originarios de los municipios de Pantelhó y Chenalhó que a partir del 7 de julio del año en curso tuvieron que abandonar sus casas y buscar refugio en lugares seguros por la violencia generalizada en la región.

A su vez, existen 120 personas desplazadas integrantes de la organización civil pacifista Las Abejas de Acteal que se encuentran refugiadas en La Casa de la Memoria y La Esperanza ante el inminente riesgo de un ataque armado.

Durante la Misión de Observación, varias de las victimas que compartieron su testimonio, mencionaron que son sobrevivientes de la masacre de Acteal, perpetrada el 22 de diciembre de 1997. Enfatizaron en lo difícil que es para ellas y ellos, tanto en lo cotidiano como en su estado emocional, revivir una situación similar 23 años después, volver a ser desplazados por segunda vez, tratando de salvar su vida huyendo de las balas.

En este sentido, a pesar de que el artículo 24 de la Ley para la Prevención y Atención del Desplazmiento Interno en el Estado de Chiapas revela que toda persona tiene derecho a la protección contra desplazamientos arbitrarios que le fuercen u obliguen a abandonar su lugar de residencia habitual, de que la Ley General de Victimas y el Modelo Integral de atención a victima prevén medidas de no repetición, varias de las y los sobrevivientes de la masacre de Acteal vuelven a encontrarse en situación de DFI.

Frente a la mencionada crisis humanitaria, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas (CDH Frayba) en una acción urgente alertó que la actual escalada de violencia representa un riesgo inminente a la vida y la integridad física y psicológica de las personas víctimas del DFI.

Tal como las y los integrantes del CDH Frayba, las personas defensoras de derechos humanos se enfrentan a varios retos por acompañar a víctimas de DFI. En este sentido, cabe destacar que, como lo recuerda ALUNA, una de las características del DFI es que es silencioso y no denunciable ya que las víctimas asustadas no quieren hablar por miedo a represalias. Así, sin denuncia o queja oficial no es posible iniciar un proceso legal para acceder a la justicia.

Desde SweFOR recordamos, como lo establece la ONU que “los Estados tienen la obligación de tomar medidas de protección contra desplazamientos de pueblos indígenas, minorías, campesinos y pastores que tienen una dependencia especial de su tierra o apego particular a la misma”.

En lo inmediato, existe una gran necesidad de que se atienda a los orígenes de la violencia estructural para garantizar la construcción de la paz de manera sostenible en el Estado de Chiapas.